GobiernoTransparente
GobiernoTransparente

Canales o Vías de Ingreso



Acceso a la Información Pública:

De acuerdo a la Ley, todas las personas tienen derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado.

Se puede solicitar la información que está en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como toda la información que se elabora con presupuesto público, salvo las excepciones legales.

Vías de acceso a la información pública

El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) posee tres vías de acceso para las solicitudes de información:

Para que su solicitud sea gestionada debe contener:

El nombre, apellidos y dirección de la persona que solicita la información o de su apoderado, en el caso que no pueda realizarla personalmente.

La identificación clara de la información que se solicita como su materia, fecha de emisión o período de vigencia, origen o destino y soporte, entre otras.

Firma del solicitante estampada por cualquier medio habilitado. Esto incluye la firma electrónica simple o avanzada.

El nombre del órgano al que se le pide la información.

Si su solicitud no incluye alguno de estos datos, el organismo le pedirá completarla. Para ello, usted tiene un plazo de cinco días. En el caso de que no la rectifique, el organismo entenderá que la solicitud ha sido desistida.


Volver
print